Con constancias de desacuerdo, Diputados habilitó cambio fecha de elecciones departamentales

Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay

Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay

Con 91 en 92 votos, se aprobó el proyecto que faculta a la Corte Electoral a aplazar los comicios hasta el 4 de octubre.

La Cámara de Diputados aprobó este jueves el proyecto de ley que habilita a la Corte Electoral a postergar las elecciones departamentales ante la situación de emergencia sanitaria. El texto, que ya había sido aprobado un día antes por unanimidad en el Senado, recibió 91 en 92 votos en la Cámara Baja.

El proyecto es fruto de un acuerdo político entre los partidos con representación parlamentaria (salvo el PERI, que no participó de la negociación), otorga a la Corte la potestad de aplazar las elecciones, por esta única vez y a través de mayorías especiales.

Las elecciones podrán postergarse como máximo hasta el domingo 4 de octubre.

Los mecanismos de la postergación generaban diferencias entre los partidos, dado que la Constitución (en su artículo 77, numeral 9) establece a texto expreso que los comicios deben ser en el segundo domingo de mayo y no prevé formas de cambiar la fecha.

La solución, finalmente, vendrá por una tercera vía: el artículo 322 de la Constitución, que establece las competencias de la Corte Electoral. Ese artículo enumera las «facultades» del organismo, pero agrega que podrá tener también «las que le señale la ley». De ahí que los legisladores acordaran votar una ley que habilite a la Corte Electoral a fijar una nueva fecha para este caso de emergencia sanitaria.

Sin embargo, el instrumento no contentó a todos los actores del sistema político. Tanto Lust como algunos dirigentes colorados entienden que la iniciativa sienta un «precedente» de cambios en la fecha electoral con mayorías circunstanciales.

El colorado Felipe Schipani, de Ciudadanos, explicó que daba su voto «en aras de mantener la unidad de acción de la bancada y la unidad nacional», pero manifestó su «discrepancia con el instrumento jurídico».

«Nuestra Constitución se caracteriza por su rigidez. Eso supone que sus normas tienen rango diferente a las leyes ordinarias que aprueba el Parlamento, y ese rango diferente se lo da el hecho de que su modificación requiere plebiscito», explicó. «La preocupación que tengo, y ojalá me equivoque, es en torno al precedente que estamos sentando: que una mayoría pueda postergar la fecha de una elección establecida constitucionalmente sin convocar al cuerpo electoral. Ojalá me equivoque», expresó Schipani.

En una línea similar se había expresado públicamente el diputado Ope Pasquet, cuya idea de convocar a un plebiscito cuando finalmente se concurra a votar las autoridades departamentales finalmente quedó en minoría en el Partido Colorado.

Con la aprobación de ambas Cámaras, ahora el proyecto deberá ser promulgado por el Ejecutivo, y luego la Corte Electoral estará habilitada a oficializar el cambio de fecha.

Extraído de El Observador.

Salir de la versión móvil