a Corte Electoral instó a la Federación Nacional de Profesores de Enseñanza Secundaria (Fenapes) y el Pit-Cnt a «evitar en la propaganda todo aquello que pueda inducir a confusión a los ciudadanos a efectos de una transparente expresión de la voluntad popular».
La resolución llegó a raíz de una denuncia que realizó el Partido Colorado contra la Fenapes y el Pit-Cnt por el uso de la imagen de José Batlle y Ordóñez en spots de la campaña contra la Ley de Urgente Consideración (LUC).
El diputado colorado Conrado Rodríguez había explicado a Radio Universal: “Se nos encomendó por parte del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Colorado la presentación de una denuncia en contra del Pit-Cnt y contra Fenapes, porque en los últimos tiempos vienen trasmitiendo un spot en algunos canales de televisión, las redes sociales, y en YouTube con la figura de Batlle y Ordóñez, convocando al referéndum a firmar contra la LUC”.
Y había agregado: “Eso a nuestro juicio es violatorio de las disposiciones electorales, tanto de las disposiciones vigentes, como de los principios generales que informan el derecho electoral. La utilización de la figura de Batlle y Ordóñez para convocar a un acto político, un acto proselitista, a nuestro juicio, violenta claramente las disposiciones electorales”.
