Zubía propuso protocolizar visitas a pacientes internados con covid-19

Gustavo Zubía

Gustavo Zubía

El diputado colorado Gustavo Zubía presentó al ministro de Salud, Daniel Salinas, un proyecto de ley de humanización de protocolos sanitarios para enfermos con covid u otras enfermedades infectocontagiosas de alto riesgo. Fue elaborado junto con los diputados Juan Moreno, Felipe Schipani y Nibia Reisch, e ingresado en febrero a la cámara baja.

En sus nueve artículos establece un sistema regulado de visitas entre el paciente internado en CTI u otras salas hospitalarias y sus allegados.

En diálogo con Infotnu, Zubía explicó que en algunos centros de salud las visitas son admitidas, a criterio y bajo responsabilidad de los profesionales de la salud, en algunos casos, pero en otros no y se hace necesario unificar criterios. “El ministro lo vio con buenos ojos, quedó en estudiarlo. Mi petición es que antes de que salga por al vía del legislativa, que es más lenta, el Poder Ejecutivo lo pueda impulsar mediante un protocolo”.

El proyecto

En su artículo 2 establece un régimen de visitas de aplicación en todos los servicios de internación. “Podrán gozar de visitas de familiares, en forma bisemanal, por un período de tiempo mínimo que se fijará de acuerdo a su lugar de internación, sin exclusión alguna”, plantea el artículo 3. Dicho período podrá ser extendido si es posible o pertinente a juicio del médico y de la institución tratante.
El tiempo de las visitas será de cinco minutos para pacientes en CTI y 15 para los que están internados fuera de los centros de cuidados intensivos.

El proyecto establece que los familiares pueden pedir la visita por escrito, frente a la que en función de la situación del paciente y de las instalaciones, puede ser negada. En ese caso deberá asentarse, fundamentarse y comunicarse debidamente al solicitante. “La decisión negativa podrá ser impugnada por el familiar del paciente ante el Ministerio de Salud Pública, el que se expedirá en un plazo de 7 días en forma definitiva”.

Por otra parte, “los centros de internación brindaran información sobre el estado de la persona internada a los familiares en forma diaria y personalizada, con independencia al sistema de visitas”. Estas se llevarán a cabo “con los equipos de protección necesarios y protocolos específicos para salvaguardar la seguridad sanitaria”.

También prevé la implementación de un sistema de comunicación electrónico o telefónico entre el paciente y sus afectos. “Personas no familiares podrán ejercer los mismos derechos que los familiares, en cuanto el internado los identifique como personas de su confianza y habilite su solicitud de visita”.

En el artículo 9 establece que el “Poder Ejecutivo autorizará salas especiales e implementaciones acordes, con los acondicionamientos sanitarios del caso, a fin de posibilitar el velatorio de las personas fallecidas a causa de las enfermedades descriptas en la presente ley”.

Salir de la versión móvil